LEY 21/2017, de 28 de diciembre. [2017/12191] – Sección cuarta (art.9)

08-01-2018

Presidencia de la Generalitat

LEY 21/2017, de 28 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat. [2017/12191]

Sección cuarta

Plan especial de soporte a la inversión productiva en municipios de la Comunitat Valenciana

Artículo 20

Se modifica el párrafo primero del artículo 9 del Decreto ley 3/2016, de 27 de mayo, del Consell, por el que se regula el procedimiento de liquidación del Plan especial de apoyo a la inversión productiva en municipios de la Comunitat Valenciana, que queda redactado como sigue:

Artículo 9. Sujeto responsable

Los proyectos nuevos que sean aprobados de acuerdo con lo que dispone este decreto ley serán ejecutados, en todo caso, por los ayuntamientos. Para esta ejecución, los ayuntamientos podrán realizar encargos a cualquiera de los entes, organismos y entidades de su sector público que tengan la consideración de medio propio personificado por reunir los requisitos que establece el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

Les Corts Valencianes han dado luz verde a que la sociedad pública Plan Cabanyal Canyamelar, S.A. pueda llevar a cabo la ejecución de los proyectos incluidos en el Plan especial de apoyo a la inversión productiva en municipios de la Comunidad Valenciana, del Consell, merced a la modificación de la Ley 21/2017, de 28 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat. Con ello se podrá continuar el encargo del Ayuntamiento de Valencia, y en breve licitar la ejecución de la rehabilitación de los edificios Virgen Vallivana, 6; San Pedro, 111; San Pedro, 25; San Pedro, 52; Escalante, 199; y Montroy, 1; José Benlliure, 163; Escalante, 196; y Amparo Guillem, 3; Escalante, 192; y San Pedro, 33-Luis Despuig, 20, cuyos proyectos ya se encuentran redactados, para viviendas de alquiler del Ayuntamiento de Valencia.