03/05/2024
Estas podrán iniciar su montaje con dos días de antelación al inicio de la actividad, siempre que sea con posterioridad al 25 de mayo, una vez se haya aprobado a las personas autorizadas para el ejercicio de venta. Se deberán amoldar al modelo de caseta elaborado por la Oficina Técnica y todos los gastos derivados de su alquiler, instalación y desmontaje estarán a cargo de las personas solicitantes.
El desmontaje se deberá efectuar entre los días 30 de septiembre, último día en que se podrá tener la caseta abierta, y el día 5 de octubre. La venta se podrá iniciar una vez haya sido aportada la documentación requerida y se expida el correspondiente permiso. El horario de apertura será de 11:00 a 23:00 horas de lunes a jueves, y de 11 a 24 horas de viernes a domingo.
Lo que se puede vender
Esta se basará en varios tipos de productos. Así. se podrá comerciar con artesanía, marroquinería, bisutería, piedras semipreciosas, cerámica, láminas, dibujos, pinturas, souvenirs, etc. También artículos de madera, juguetes, artículos de playa y gafas de sol, que deberán disponer de la correspondiente homologación mediante la marca CE.
Los artículos de playa que se podrán vender son sombreros, gorras, chanclas, sandalias, pelotas de playa, toallas, hamacas, flotadores, manguitos y cubos, entre otros. Asimismo, se permitirá la venta de pareos o bañadores, quedando prohibida la venta de ninguna otra clase de calzado o de ropa que no sea de verano.
Lo que no se puede vender
Queda prohibida la realización de tatuajes, piercings, trenzas en el pelo, caricaturas, etcétera.
Podrán solicitar la autorización las personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos: estar al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social; en el caso de personas extranjeras y nacionales de países que no sean miembros de la Unión Europea, deberán estar en posesión de los correspondientes permisos de residencia y de trabajo por cuenta propia; y no tener deudas con el Ayuntamiento.